Fallo histórico: condenan a uniformado del Esmad por muerte de Nicolás Neira
Los hechos ocurrieron en medio de la marcha del Día Internacional del Trabajo, que se realizaba en el año 2005, en Bogotá.
El juez 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá profirió sentido de fallo condenatorio contra Néstor Julio Rodríguez Rua, por el homicidio del menor de 15 años Nicolás Neira, en medio de la marcha del Día Internaci0nal del Trabajo, en el año 2005.
En la mañana de este lunes, el juez declaró culpable del delito de homicidio, a título de dolo, al agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios, por haber disparado una bala de gas lacrimógeno en contra de un grupo de manifestantes que se trasladaban hacia la plaza de Bolívar, en el centro de Bogotá. Dicha bala golpeó la cabeza del joven, quien falleció horas después del suceso.
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El abogado de las víctimas, Germán Romero, indicó que la justicia se demoró en actuar pero que por fin fue condenado el responsable de este hecho.
“Luego de casi 16 años de ocurrido el asesinato de Nicolás Neira, en pleno centro de Bogotá, por parte del Esmad, se logra la primera sentencia condenatoria contra un integrante de este grupo, por casos de homicidio; recordemos que el Esmad tiene un récord de más de 40 homicidios desde que fue creado y lamentablemente la justicia, hasta el día de hoy, no había hecho la tarea de poder esclarecer, no solamente lo que ocurrió, sino identificar a los responsables directos y también las líneas de mando que han actuado en estos casos”, dijo Romero.
También manifestó que durante muchos años, “el caso estuvo de fiscalía en fiscalía, cambiando de investigadores sin muchos avances, en gran parte porque los superiores de Rodrigúez Ruda, Fabían Mauricio Infante Pinzón (formador del Esmad) y el mayor (r) Julio César Torrijos, hicieron todo un entramado para ocultar este hecho, que todos los patrulleros de los escuadrones del Esmad, dijeran lo mismo para ocultar la responsabilidad”.
Cabe recordar que el proceso penal revivió después que la Corte Suprema de Justicia tumbara el preacuerdo que había firmado Rodríguez Rúa con la Fiscalía General de la Nación.
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En su momento, el alto tribunal resolvió una acción de tutela presentada por los familiares de Nicolás Neira y recordó que este tipo de negociaciones no son válidas cuando la víctima es menor de edad.
“En el año 2019 logramos tener una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que echaba para atrás un preacuerdo celebrado entre la Fiscalía y la defensa de Rodríguez Rúa, donde degradaba el caso a homicidio culposo y le imponía una pena irrisoria; adicionalmente, desconocía cualquier tipo de reconocimiento del hecho y la gravedad del mismo razón”.
Romero explicó que durante las restricciones que generó el coronavirus, hubo avances significativos dentro del proceso que permitieron demostrar la responsabilidad del uniformado de la Policía en la muerte del menor de 15 años.
“En el año de la pandemia tuvimos un juicio en el que asistieron las personas que auxiliaron a Nicolás Neira, en el centro de Bogotá, quienes se enfrentaron a la Policía y al Esmad para que les permitiera llevarlo a un centro asistencial, recordemos que la Policía se negó a prestarle los primeros auxilios y trasladarlo de forma inmediata a un centro asistencial y también estuvieron algunos pocos policías muy valientes que dieron cuenta de lo ocurrido ese día, además de la estrategia de ocultamiento que se dio”, apuntó.
El abogado explicó además que el informe del perito forense fue también determinante dentro del proceso. “Los forenses también pudieron esclarecer a oídos de la señora juez, cómo fue que esta granada de gas lacrimógeno destruyó el cráneo de Nicolás Neira, ese 1 de mayo de 2005; recordemos que el caso contra el mayor Fabián Mauricio Infante Pinzón ya está también cerrando y esperamos que pronto se conozca también un sentido del fallo por el ocultamiento de las pruebas”, sostuvo.