¿Hay demandas contra norma que permite multas por comprar empanadas en la calle?
En la Corte Constitucional se podría dirimir esta polémica.
Aunque existen cientos de críticas contra la Policía Nacional por el comparendo de $800.000 al ciudadano que compró una empanada en la calle, lo cierto es que hoy en día no hay demandas en marcha contra el artículo que faculta a los uniformados a imponer ests medidas.
Así lo explicó la presidenta de la Corte Constitucional, Gloria Ortíz, al explicar que ese tribunal solo puede pronunciarse cuando existen demandas que obliguen una intervención por parte de la Corte.
Ese artículo, que no ha sido demandado, es el 140 en su numeral seis que establece textualmente lo siguiente: “Promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”.
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La Corte sí adelanta debates sobre los artículos que facultan a la Policía a interferir cuando existen altos grados de ruido en las viviendas.
La magistrada señaló que “la demanda que la Corte tiene en este momento se encuentra en discusión en sala plena y se encuentra en el despacho de la magistrada Diana Fajardo”.
Ese debate de la Corte se centra en definir si esa norma viola la Constitución, pues abre la posibilidad a que los uniformados ingresen a cualquier bien inmueble sin orden judicial.
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La norma señala que “desactivar temporalmente la fuente de ruido de un bien inmueble, se enmarca dentro de la atribución que les fue concedida a las autoridades de policía” en el Código de Policía.
Al respecto, la Procuraduría explicó que la normativa nacional e internacional respecto a la inviolabilidad del domicilio, dice que “este derecho no es absoluto, ya que no se puede convertir en un medio que facilite la comisión de actividades delictivas”.