Mindefensa presentó recurso de reposición ante la JEP por amnistía a ‘la Mata Hari’
El Ministerio de Defensa considera que el terrorismo no es conexo al delito de rebelión.
El ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, presentó un recurso de reposición ante la JEP para que se revoque el beneficio de la amnistía otorgado a Marilú Ramírez Baquero, conocida como 'la Mata Hari'.
La determinación de Holmes Trujillo fue adoptada por la decisión que tomó una sala de la Jurisdicción Especial para la Paz, mediante la cual se concedió el beneficio de amnistía a Ramírez Baquero, relacionada con los delitos de terrorismo, tentativa de homicidio y lesiones personales agravadas.
"El terrorismo no puede ser materia de indulto o amnistía. Esta calificación fue dada por las autoridades judiciales colombianas a la conducta en la cual incurrió Marilú Ramírez Baquero, quien fue condenada por terrorismo en concurso homogéneo con el de tentativa de homicidio agravado y lesiones personales agravadas", recordó el funcionario.
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Las razones que llevaron al Ministerio de Defensa a presentar dicho recurso obedecen a que esa cartera considera que el terrorismo no es conexo al delito de rebelión y la Escuela Superior de Guerra no es un objetivo militar, sino una institución educativa en la cual se educan civiles y militares.
Alias 'la Mata Hari’ de las Farc participó en el ataque con carrobomba en la Escuela de Guerra el 19 de octubre de 2006.
"Acudimos a los principios consagrados en el Derecho Internacional Humanitario, según los cuales los ataques indiscriminados son igualmente prohibidos por la legislación internacional", dijo el ministro de Defensa.
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Considero que el recurso interpuesto por el Ministerio de Defensa controvierte el concepto de objetivo militar que fundamenta la decisión, ya que en la misma se desconoce que la Escuela Superior de Guerra es una institución de educación superior en la que hay personal civil.
Para el Ministerio de Defensa, esta decisión no tiene en cuenta los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición consagrados en la justicia transicional y vulnera los derechos de las víctimas.
El recurso interpuesto a la resolución de la JEP deberá ser resuelto en los términos de la Ley 1922 de 2018, “por medio de la cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz”.