Por ataque indiscriminado del Ejército a civiles es condenada la Nación
Se falló contra la extralimitación de la fuerza por parte de los uniformados.
El Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y Ejército Nacional, por su responsabilidad en un ataque armado contra la población civil en mayo de 2011 en el departamento de Caquetá.
En el fallo se advierte que se presentó una extralimitación de la fuerza por parte de la Fuerza Pública cuando intentaron frenar una camioneta en la que se movilizaban seis menores de edad entre las veredas Floresta y El Rosal.
En el análisis jurídico se señaló que los miembros del Ejército Nacional debieron, por lo menos, mostrar una señal de alto para detener la marcha del vehículo en el que se movilizaban para asi realizar el proceso de identificación de los pasajeros.
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"El uso de armas de fuego se considera una medida extrema. Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego especialmente contra niños. En general, no deberán emplearse armas de fuego excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse a detenerse al presunto delincuente aplicando medidas extremas", precisa el fallo.
En este sentido se advierte que se presentó una multiplicidad de disparos en la camioneta en la que se desplazaban las víctimas, confirmándose que hubo un uso desmedido de la fuerza por parte de los militares en contra de la población civil.
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El Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional deberán pagar 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes como reparación a los perjuicios morales causados a los familiares de las víctimas que interpusieron la demanda.