Pensión familiar: ¿Qué sucede si uno de los cónyuges fallece?
La pensión familiar fue creada para que las parejas puedan alcanzar las 1.300 semanas de cotización.

La pensión familiar es un mecanismo al que pueden acceder los trabajadores en Colombia para que logren recibir su pensión en caso de no cumplir con las 1.300 semanas cotizadas que están definidas en el Sistema General de Pensiones (Ley 100 de 1993).
"La pensión familiar es aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para la pensión de vejez en el régimen de prima media", señala el artículo 1 de la Ley 1580 de 2012.
En este caso, un trabajador puede acudir a este mecanismo al sumar las semanas cotizadas con las de su pareja. De esta manera, ambos recibirán la mesada correspondiente a la pensión de vejez, bien sea con prestación definida o mediante el régimen de ahorro individual.

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¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión familiar?
Para que un empleado colombiano haga parte de la pensión familiar, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la edad mínima de jubilación (62 años para los hombres y 57 para las mujeres).
- Haber cotizado en el mismo régimen pensional.
- Haber convivido al menos cinco años con su cónyuge antes de cumplir los 55 años de edad.
- No haber podido acceder a una pensión por vejez de forma individual.
- Ambos deben tener al menos un 25% de las semanas requeridas para acceder a la pensión antes de cumplir los 45 años de edad.
Si la pareja logra cumplir estos requisitos, cada uno de ellos podrá recibir al menos un salario mínimo en la mesada de pensión por vejez.
Ahora bien, si ambos se separan, la pensión se distribuirá por partes iguales para garantizar que haya una cobertura en este sentido. Sin embargo, si una de las dos personas llega a fallecer, el sobreviviente podrá recibir la totalidad del dinero.
¿Qué condiciones debe cumplir?
El artículo 2 de la Ley 1580 de 2012 establece que el 50% del dinero que recibía el cónyuge fallecido hará parte del monto que le corresponde al sobreviviente. No obstante, los hijos podrán recibir un 50% de esta suma si cumple alguna de estas condiciones:
- Ser menor de edad
- Tener alguna invalidez
- Tener entre 18 y 25 años de edad y depender económicamente del causante por razón de estudios.
"El fallecimiento de los cónyuges o compañeros permanentes no cambia la naturaleza ni cobertura de la prestación. En caso de que no existan hijos beneficiarios con derecho, la pensión familiar se agota y no hay lugar a pensión de sobrevivientes", señala el numeral g de la ley.

Si se presenta el fallecimiento de uno de los dos miembros de la pareja, el sobreviviente deberá notificar lo sucedido en la Administradora de Fondos de Pensiones en un plazo de 30 días después de la defunción para determinar si la pensión continúa en su cabeza sin que se deba efectuar alguna sustitución.
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¿Qué documentos se necesitan para acceder a la pensión familiar?
Si una pareja desea acceder a la pensión familiar, deberán presentar los siguientes documentos:
- Documento de identidad de los solicitantes
- Formato de Solicitud de Pensión Familiar
- Copia del registro civil de matrimonio o declaración de unión marital de hecho
- Declaración de no pensión ni beneficios económicos del estado
- Manifestación escrita de terceros sobre la convivencia
- Formato de imposibilidad para continuar cotizando.