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SIC vigilará precios del ACPM en estaciones de servicio

La SIC vigilará que el galón de ACPM no exceda el precio máximo en estaciones de servicio tras acuerdos con el Gobierno y transportadores.

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Actualizado:
Domingo, Septiembre 8, 2024 - 15:51
La SIC vigilará precios del ACPM en estaciones de servicio para evitar abusos y especulación
La SIC vigilará precios del ACPM en estaciones de servicio para evitar abusos y especulación
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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció que vigilará que el galón de ACPM no exceda el precio máximo acordado en las estaciones de servicio del país, tras los compromisos pactados entre el Gobierno Nacional y los transportadores de carga.

La entidad destacó que adelantará una campaña de control de precios del combustible ACPM en las estaciones de servicio, las cuales están obligadas a respetar el precio máximo fijado por el Gobierno Nacional. Según el ente regulatorio, se busca evitar la especulación y los abusos en el cobro por galón de este combustible, garantizando el respeto de los derechos del consumidor final.

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La SIC señaló que la distribución de combustibles derivados del petróleo a través de estaciones de servicio automotriz, al ser un servicio público, exige el cumplimiento de unos requisitos mínimos para que la prestación del servicio sea adecuada, eficiente y enmarcada en los límites del bien común.

“En ese sentido y de acuerdo con lo dispuesto en el régimen de libertad regulada del ACPM, los distribuidores minoristas de combustible deben tener en cuenta las estructuras de precios indicadas por la autoridad competente, con el fin de comercializar los combustibles a precios que no superen los márgenes previstos por el Gobierno Nacional”, indicó la SIC.

La entidad señaló que actuará con determinación y firmeza, protegiendo los derechos de todos los agentes económicos que intervienen en el mercado y velando por el respeto de la legalidad.

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Finalmente, la SuperIndustria recordó que tras los diálogos y negociaciones entre el Gobierno Nacional y los representantes de los transportadores de carga, el 6 de septiembre de 2024 los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía expidieron dos resoluciones en las que se estableció el ingreso al productor de ACPM y se fijaron las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de las estructuras de precios de la gasolina corriente y del ACPM.

Estas decisiones empezaron a regir a partir del 7 de septiembre de 2024.

Fuente:
Sistema Integrado de Información