Abogada Natalia Bernal Cano no fue investigada: su caso se archivó
En marzo de 2022, Comisión de Disciplina Judicial ordenó dar por terminado un proceso contra Natalia Bernal Cano.
Natalia Bernal Cano, abogada opositora del aborto, finalmente no fue investigada pese a la solicitud que hizo la Corte Constitucional en enero de 2021.
En marzo de 2022, con ponencia de la magistrada Elka Vanegas, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial decidió "ordenar la terminación del proceso a favor de la abogada disciplinada".
El origen de esta situación se remonta al 13 de mayo de 2019, cuando la abogada Natalia Bernal Cano interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 122 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) "tal como fue interpretado en la Sentencia C-355 de 2006".
La sentencia C-355 de 2006 fue la despenalizó el aborto en tres causales: "Cuando peligra la vida o la salud de la madre", "cuando se presenta malformación del feto incompatible con la vida" y "cuando el embarazo es producto de abuso, violación, incesto, transferencia de óvulo o inseminación no consentida", según ha explica el Ministerio de Salud.
Bernal Cano aseguró que esa sentencia ponía "en riesgo la vida, la dignidad, la salud, la integridad física y psicológica tanto de la madre gestante como de su hijo o hija por nacer" y que "todos los procedimientos abortivos legales o no legales son actos de extrema crueldad y barbarie". En otras palabras, la abogada pedía que el aborto volviera a estar penalizado totalmente.
Sin embargo, a través de la sentencia C-088 de 2020, la Corte Constitucional consideró que la demanda de Bernal Cano no presentaba "argumentos suficientes, es decir, que expongan todos los elementos de juicio con un alcance capaz de despertar siquiera una duda sobre la constitucionalidad del enunciado demandado, tal como fue condicionado por la Corte Constitucional".
Por tal razón, el alto tribunal decidió "inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo" respecto a la demanda presentada por Natala Bernal Cano.
Posteriormente, en junio de 2020, Bernal Cano "presentó incidente de nulidad contra la mencionada sentencia, al considerar que vulneraba su derecho al debido proceso por diversos motivos", según indica la Corte.
Unos meses después, en noviembre de 2020, la abogada Bernal Cano presentó una recusación contra el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo con el fin de que fuese separado del conocimiento del incidente mencionado", es decir, del incidente de nulidad.
En enero de 2021, la Corte Constitucional decidió rechazar la recusación y "oficiar a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá para lo de su competencia y en los términos expuestos en esta providencia".
"Con este fin, a través de la Secretaría General remítase copia de esta decisión y de las diferentes solicitudes enviadas a la Corte por la abogada Natalia Bernal Cano y relacionadas con el asunto de la referencia", dijo la Corte.
Finalmente, como ya se mencionó, en marzo de 2022, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial ordenó "la terminación del proceso a favor de la abogada disciplinada". Es decir, no hay investigación en curso contra Natalia Bernal Cano.