Corte le hace llamado de atención al Gobierno por uso de datos de influenciadores
El alto tribunal falló a favor de uno de los twitteros que no fue consultado previamente para ser incluido en el listado.
La Corte Suprema de Justicia le hizo un fuerte llamado de atención al Gobierno de Iván Duque y a la firma Du Brands, por el listado de influenciadores que fueron utilizados para medir las tendencia en cuanto a la imagen del primer mandatario y de sus principales funcionarios.
“Esa lista, con nombres de influenciadores de Twitter, en nada mejora la imagen de la Presidencia en las redes sociales y por el contrario, permite a quien la consulte, informarse de la filiación política del accionante y su postura frente al gobierno de turno”, ,manifestó el alto tribunal.
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La Corte advirtió que ninguna firma tiene derecho a usar sin consentimiento previo del autor sus datos sensibles, como por ejemplo su orientación política, convicciones religiosas y la pertenencia a sindicatos, entre muchos otros.
De lo contrario, se advierte, que es “un uso indebido de dicha información podría afectar su intimidad, buen nombre, e incluso generar su discriminación por revelar aspectos de su origen racial o étnico, inclinación sexual, orientación política o convicción religiosa”.
El alto tribunal también reseñó que aunque la información se presente en una red social y pueda ser consultada por el público eso no da derecho a usarla abiertamente por terceros sin previo consentimiento del autor.
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“Independientemente de que la información del accionante en su cuenta de Twitter y trinos puedan ser consultados (…) la accionada no estaba facultada para hacer uso de la misma como si se tratase de datos de naturaleza pública y con fundamento en ello elaborar el listado de influenciadores”, precisó el alto tribunal.
Igualmente añadió que “independientemente de que el accionante, como usuario de la red social, hubiese hecho pública su orientación política, por tratarse de datos sensibles, para su tratamiento por parte de la entidad, resultaba necesario una autorización previa”.
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Ese pronunciamiento se dio al estudiar el caso del abogado Elmer José Montaña, uno de los twitteros que resultó en la lista de influenciadores de la firma Du Brands.
La Corte dijo que en ese caso “no existe duda que no hubo un consentimiento previo para el tratamiento de los datos consignados en su cuenta de Twitter”.
Montaña había advertido que en su cuenta de red social había datos sensibles “por su declarada oposición al Gobierno Nacional y su expresa filiación política”.
Por lo cual, la Corte advirtió que para incluirlo en el listado que hizo la firma “debían contar con su consentimiento previo e informado”.
En medio del proceso, la firma y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República le explicaron a la Corte que el listado obedeció “a su posición e interacción con la gestión del Gobierno Nacional durante los meses comprendidos entre junio y diciembre”.
También advirtieron que “se hizo en el marco de una estrategia por posicionar la imagen del presidente y sus logros en diferentes medios de comunicación, en especial en redes sociales”.
Frente a esas explicaciones la Corte advirtió que ese listado contenía información que podría identificar a Montaña “como un notorio opositor al gobierno” lo cual podría ponerlo en riesgo y por ello se necesitaba su autorización para incluirlo en la lista